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Codigo Penal

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Mensaje por Polimenta Dom Ene 04, 2015 9:51 pm

Codigo Penal 9soO0xS

En nombre de la Suprema Corte de Justicia nosotros los representantes del poder judicial hacemos público el nuevo código penal.  


Aclaración : Un Mes de prisión equivale a 5 minutos OOC.

Delitos Menores:

Estos no conllevan prisión, sólo multa

Artículo 1. Aquellos que insulten a cíviles de manera pública, obtendra una multa de $600 Dólares.

Artículo 2. Aquellos que golpeen, agredan o maltraten a un cívil de manera no contundente, se le agregará una multa de 800$ Dólares.

Artículo 3. Quienes no poseen DNI se les colocará una multa de 1.000$ DÓlares, y dependiendo del caso cárcel.

Artículo 4. La gente que alteré el órden en instituciones públicas, multa de 900 Dólares, y sí se resiste cárcel.



Delitos Contra las personas.


Articulo 5. Intento De homicidio: Conlleva 20 Años de prisión.

Artículo 6. Homicidio: Conlleva 30 Años de prisión, con multa de 20.000$ Dólares.

Artículo 7. Asesino a sueldo: Conlleva cadena perpetua.

Artículo 8. Agreción Grave: El que golpee o agreda a una persona de manera contundente, que está quede en estado grave, tendra prisión de 6 años a 10.

Artículo 9. Abuso contra personas: El que abuse de una persona, insulte o demás cosas, será arrestado de 4 a 8 años.

Artículo 10. Insultar contundentemente a personas: Será arrestado de 2 años a 4.


Delitos contra el Patrimonio:

Artículo 11. El que altere el órden en el pueblo, será castiado con una cárcel de 2 a 6 años y 2500 dólares de multa por los daños causados.

Artículo 12. El que robe un local pequeño, cómo bares y cosas así tendrá cárcel de 8 a 15 años.

Artículo 13. El que robe grandes locales cómo el banco, será encarcelado por 20 años.

Artículo 14. El que pinte Graffitis en propiedada que no sea de él, arrestado por 4 a 6 meses, con una multa de 1.000$  Dólares.

Artículo 15. El que sea encontrado, alterando los parques del pueblo, conlleva arresto de 8 meses a 1 año.

Artículo 16. El que robe un vehículo, será encarcelado de 15 años a 20.

Artículo 17. El que estafe a una persona, será encarcealdo de 20 años a 30.

Artículo 18. El que dañee propiedad ajena, será en carcelado de 1 año a 5 años

Delitos contra la sexualidad:

Artículo 19. El que obligue a una persona a tener actos sexuales con el mismo, tendrá carcel de 15 a 20 años.


Delitos de armas:

Artículo 20. El que tenga armas sin tener licencia, será arrestado de 10 a 20 años, dependiendo lo que alla echo la arma.

Artículo 21. El que trafice armas ilegalmente, con llevará cárcel de 20 a 35 años.

Delito de drogas:

Artículo 22. El que consuma drogas ilegales, será arrestado por unos meses, y luego será llevado a un centro de rehabilitación.

Artículo 23. El que trafice droga ilegalmente, será arrestado de 40 años a cadena perpetua.

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