Codigo Penal
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Codigo Penal
En nombre de la Suprema Corte de Justicia nosotros los representantes del poder judicial hacemos público el nuevo código penal.
Aclaración : Un Mes de prisión equivale a 5 minutos OOC.
Delitos Menores:
Estos no conllevan prisión, sólo multa
Artículo 1. Aquellos que insulten a cíviles de manera pública, obtendra una multa de $600 Dólares.
Artículo 2. Aquellos que golpeen, agredan o maltraten a un cívil de manera no contundente, se le agregará una multa de 800$ Dólares.
Artículo 3. Quienes no poseen DNI se les colocará una multa de 1.000$ DÓlares, y dependiendo del caso cárcel.
Artículo 4. La gente que alteré el órden en instituciones públicas, multa de 900 Dólares, y sí se resiste cárcel.
Delitos Contra las personas.
Articulo 5. Intento De homicidio: Conlleva 20 Años de prisión.
Artículo 6. Homicidio: Conlleva 30 Años de prisión, con multa de 20.000$ Dólares.
Artículo 7. Asesino a sueldo: Conlleva cadena perpetua.
Artículo 8. Agreción Grave: El que golpee o agreda a una persona de manera contundente, que está quede en estado grave, tendra prisión de 6 años a 10.
Artículo 9. Abuso contra personas: El que abuse de una persona, insulte o demás cosas, será arrestado de 4 a 8 años.
Artículo 10. Insultar contundentemente a personas: Será arrestado de 2 años a 4.
Delitos contra el Patrimonio:
Artículo 11. El que altere el órden en el pueblo, será castiado con una cárcel de 2 a 6 años y 2500 dólares de multa por los daños causados.
Artículo 12. El que robe un local pequeño, cómo bares y cosas así tendrá cárcel de 8 a 15 años.
Artículo 13. El que robe grandes locales cómo el banco, será encarcelado por 20 años.
Artículo 14. El que pinte Graffitis en propiedada que no sea de él, arrestado por 4 a 6 meses, con una multa de 1.000$ Dólares.
Artículo 15. El que sea encontrado, alterando los parques del pueblo, conlleva arresto de 8 meses a 1 año.
Artículo 16. El que robe un vehículo, será encarcelado de 15 años a 20.
Artículo 17. El que estafe a una persona, será encarcealdo de 20 años a 30.
Artículo 18. El que dañee propiedad ajena, será en carcelado de 1 año a 5 años
Delitos contra la sexualidad:
Artículo 19. El que obligue a una persona a tener actos sexuales con el mismo, tendrá carcel de 15 a 20 años.
Delitos de armas:
Artículo 20. El que tenga armas sin tener licencia, será arrestado de 10 a 20 años, dependiendo lo que alla echo la arma.
Artículo 21. El que trafice armas ilegalmente, con llevará cárcel de 20 a 35 años.
Delito de drogas:
Artículo 22. El que consuma drogas ilegales, será arrestado por unos meses, y luego será llevado a un centro de rehabilitación.
Artículo 23. El que trafice droga ilegalmente, será arrestado de 40 años a cadena perpetua.
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